Nuestra clienta ha sido exonerada de su deuda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad y nuestro equipo de trabajo de Acaba con tu Deuda. Hoy te presentamos el caso de éxito de L.F Jiménez donde queda demostrado que una segunda oportunidad, siempre es posible.
Lo primero que hizo nuestra clienta fue ponerse en contacto con nuestro bufete para conocer si existía la posibilidad de beneficiarse de la ley de segunda oportunidad. Contaba con una deuda de unos 63.000 euros aproximadamente, con distintas entidades bancarias y financieras. Contaba con una hipoteca, que estaba pagando, y la había sacado hacía dos años solamente por lo que la vivienda no se encontraba en peligro de perderla al acogerse a la ley.
La Ley de Segunda Oportunidad establece condiciones básicas muy claras para poder acogerte. ¿Cuáles son algunas de estas condiciones? A continuación, te mencionamos algunas de ellas:
- Intentar llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
- No poder vivir dignamente si se pagan todas las cuotas.
- Demostrar la buena fe del deudor: esto significa demostrar que no se encuentra en situación de deuda a propósito y que el concursante no tiene delitos económicos o sociales, contra Hacienda y la Seguridad Social, entre otros.
- Que el cliente no se haya beneficiado de la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos 10 años.
- El valor de la deuda no debe tener un valor superior a los 5 millones de euros.
En caso de nuestra clienta, L.F Jiménez, contaba con todos los requisitos para poder acogerse a la ley, con lo que nos fue muy fácil demostrar su situación de insolvencia y demostrar la buena fe de nuestra clienta, que quería pagar pero que por su situación actual no podía hacer frente a esa suma.
Una vez que presentamos toda la documentación de nuestro cliente, y fuimos siguiendo todos los pasos necesarios hasta llegar a la parte del juzgado, el Juzgado de Primera Instancia N.º 33 de León, reconoció el BEPI y pudimos entregarle el auto judicial que establecía la cancelación de los 63.000 euros que había acumulado en deudas con distintas entidades financieras y bancarias.
La asistencia profesional en estos casos es vital para poder declarar el beneficio de exoneración del pasivo no satisfecho (BEPI). Los clientes no tienen que presentarse frente al juzgado porque este proceso no es una demanda, es una solicitud, por lo que su presencia no es necesaria para el proceso.
Tratamos de agilizar todo lo que podamos el proceso, pero se deben respetar las pautas en cada una de las fases, y el resultado será muy favorable porque podrán empezar una etapa nueva de sus vidas en la que no deban nada y vivir sin el estrés a la que son sometidos por las agencias de recobros, bancos o financieras.
Nuestro equipo de Acaba con tu Deuda sigue principios que a pesar de ser básicos consideramos que son vitales para el buen funcionamiento de nuestro bufete, pero sobre todo para la tranquilidad de nuestros clientes. Primeramente, nos gusta brindar un trato personalizado, analizamos los casos de cada cliente a profundidad, respondiendo a todas las dudas que se puedan tener al respecto.
Buscamos siempre la transparencia del proceso pues la confianza es importante para nosotros, nos adaptamos a nuestros clientes y sus necesidades, siempre de una forma empática pues sabemos la situación de estrés que se pueda frente a una deuda que no se pueda pagar. Garantizamos nuestro trabajo y siempre defendemos nuestro mayor principio en el que todos merecemos una segunda oportunidad.
Si te encuentras en una situación similar o quieres asegurarte de que puedas acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y necesitas la asesoría de nuestros especialistas, contacta con nosotros, ofrecemos una primera consulta de forma gratuita, analizamos tu caso detenidamente y respondemos a tus dudas.
Procuramos adaptarnos a las necesidades de nuestros clientes por lo que con la nueva normalidad hemos buscado alternativas para digitalizar la mayor cantidad de procesos posibles, buscando la comodidad de nuestros clientes sin comprometer la calidad de todos nuestros servicios ni su salud.
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