Casos de éxito de la Ley de la Segunda Oportunidad

Casos reales resueltos gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

Caso de éxito-Pablo

Caso de éxito-Pablo

¿Podemos enterrar nuestras deudas definitivamente? Hoy tenemos con nosotros a Pablo. Para él es un día muy importante, porque le vamos a hacer entrega del auto

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Caso de éxito- Nuria

Caso de éxito -Nuria

¿Podemos acabar con nuestras deudas para siempre? Hoy tenemos a Nuria, tanto para ella como para nosotros hoy es un día también muy especial porque vamos

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Caso de éxito-Lita

Caso de éxito-Lita

¿Podemos acabar con nuestras deudas para siempre? Hoy tenemos a Lita, tanto para Lita como para nosotros hoy es un día también muy especial porque vamos

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Caso de éxito- Carlos

¿Podemos empezar de nuevo dejando atrás todas nuestras deudas? Hoy tenemos con nosotros a Carlos. Para él es un gran día porque vamos a hacer la

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Caso de éxito-Cristina

¿Podemos acabar con nuestras deudas para siempre? Hoy tenemos a Cristina, tanto para ella como para nosotros hoy es un día también muy especial porque vamos

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PREGUNTAS

FRECUENTES

Una muestra de algunas de las preguntas más frecuentes que nos hacen nuestros clientes. Si quieres asesoramiento no dudes en contactarnos

Al acogerse a Ley de Segunda Oportunidad, lo que ha dado en llamarse “el mecanismo de segunda oportunidad”, nuestros clientes tendrán la posibilidad real de obtener “el perdón de las deudas” , la exoneración del pasivo insatisfecho a personas físicas, deudoras “de buena fe”.

La ley permite que una persona física, a cualquier familia que haya sufrido un sobreendeudamiento, o a cualquier autónomo que haya tenido un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de reiniciar su vida por segunda vez, sin tener que arrastrar indefinidamente la carga de una deuda que nunca podrá pagar.

Aún hay un sector importante de la población que desconoce que hay una LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD creada para liberar personas con problemas graves de impagos, la carga pesada de las deudas contraídas, y todas las consecuencias que ello conlleva. Ahora se les permitirá rehacer de nuevo sus vidas.

La ley de segunda oportunidad, surgida de Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, surge para que los emprendedores y particulares puedan resurgir tras haber adquirido unas deudas a las que es imposible hacer frente.

Mediante su aplicación correcta, y resumiendo de manera clara, rápida y contundente; la ley de la segunda oportunidad permite a todo «deudor de buena fé» (persona física o autónomo) conseguir la cancelación y el perdón de la totalidad de todas sus deudas.

La principal razón y el porqué debemos acogernos a la ley radica en que al hacerlo conseguiremos llegar al fin con el que denominamos a nuestro proyecto y al principal argumento que dibuja nuestro equipo; ACABA CON TU DEUDA: acabar con la totalidad de las deudas contraídas. Es la verdadera de segunda oportunidad, que es como muchas personas han titulado a esta ley. La oportunidad de empezar de nuevo y sin deudas.

Algunos de los requisitos principales para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad son:
• Acreditar que no se tiene ningún patrimonio o inmueble para hacer frente a las deudas adquiridas.
• Que el valor de la deuda no exceda los 5 millones de euros.
• El deudor no tenga ningún delito económico o social, de falsedad documental, contra Hacienda, la seguridad social y los derechos de los trabajadores.
• Que no se beneficiado de la ley de segunda oportunidad en los últimos 10 años.

Cualquier persona física o autónomo sin excepción que cumpla los requisitos. Cualquier ciudadano español o de cualquier otro país, que resida en España y con la documentación legal necesaria, tiene el derecho a acogerse a la ley de la segunda oportunidad.

Quedan excluidas aquellas que se han contraído con Hacienda y con la Seguridad Social.

En el caso de las hipotecas, la legislación española actual dicta que, si no se obtiene suficiente dinero para saldar la hipoteca una vez vendida la vivienda, todavía se deberá abonar la cantidad restante.

La Ley de Segunda Oportunidad pone fin a esta situación y la deuda sería cancelable aplicando una dación en pago de facto.